¿Qué procedimiento se debe seguir ante un accidente laboral en caso de docentes y celadores? y en el caso de alumnos ¿Qué se considera siniestro y qué cubre? Se detalla a continuación los pasos a seguir en cada caso.
Ante un caso de siniestro, ya sea que afecte al personal de la escuela, o se trate de alumnos, las escuelas de Mendoza dependientes de la DGE, cuentan con pasos a seguir para la cobertura correspondiente.
ACCIDENTE LABORAL DE DOCENTES Y CELADORES
Los agentes estatales que trabajan en las escuelas dependientes de la DGE, al día de la fecha cuentan con la cobertura de PROVINCIA SEGUROS.
La cobertura cubre al agente cuando se trata de un accidente laboral o in itinere.
Cuando se toma conocimiento de del accidente laboral sufrido por el trabajador, el Directivo o en su ausencia, alguna autoridad escolar, debe comunicarse con Provincia ART al Teléfono N°0800- 333 -1333, la línea es gratuita y funciona durante las 24 horas los 365 días del año.
La autoridad escolar deberá contar con los datos personales del agente y del accidente para proporcionarlo a la aseguradora. Una vez que el operador de PROVINCIA registre lo denunciado, se le proporcionará el número de siniestro. La autoridad escolar entonces registrará en acta interna escolar la situación y le informará al agente accidentado los pasos a seguir.
Todo siniestro deber ser denunciado dentro de las 72 horas de ocurrido el hecho.
El agente accidentado deberá recibir la atención en donde la aseguradora indique y la misma emitirá la licencia correspondiente, que luego se presentará en las escuelas para justificar la inasistencia laboral bajo el artículo 44 de la Ley 5811.
De igual forma en cuanto el agente tenga el alta médica, se le entregará el formulario correspondiente para ser entregado en la escuela de trabajo.
ACCIDENTES DE ALUMNOS
Para el caso de los alumnos, si bien no se trata de un seguro laboral como los docentes, las escuelas cuentan con la cobertura por accidentes que contrata la DGE, en este caso actualmente es con POVINCIA SEGUROS, con la gestión administrativa a través del Bróker de seguros: MAYORAZGO.
En el caso de los alumnos, el seguro es por reintegro de gastos en lo que incurriese la atención médica.
Exclusiones de cobertura. El seguro de alumnos, no cubre:
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Riñas entre alumnos.
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Accidentes ocurridos in itinere.
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No se cubren gastos de traslado, reconstrucciones dentales, alquileres de botas, cabestrillos,